martes, 11 de septiembre de 2012

Que es ?



Conjunto de procedimientos y medidas destinados a asegurar la preservación y la prevención de alteraciones físicas y de información de los documentos de archivo.
Conservación preventiva de documentos

Legislación :

LEY  594 DE 2000

TITULO XICONSERVACION DE DOCUMENTOS


 Artículo 46. Sistemas integrados de conservación en cada una de las fases del ciclo de vida .

Artículo 47. Soportes de comprobada durabilidad y calidad.
Artículo 48.

El Archivo General de la Nación dará pautas y normas técnicas generales sobre conservación de archivos, incluyendo lo relativo a los documentos en nuevos soportes.


Artículo 49. "En ningún caso los documentos de carácter histórico podrán ser destruidos, aunque hayan sido reproducidos por cualquier medio".

LEY 527 

ARTICULO 12. CONSERVACIÓN DE LOS MENSAJES DE DATOS Y DOCUMENTOS.

 Cuando la ley requiera que los documentos, registros o algún material de información sean conservados, ese requisito se hará posible mientras que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Información que contengan sea accesible para su posterior consulta.

2. Conservado en el formato en que se haya generado, enviado o recibido; o en algún formato que permita demostrar que reproduce con exactitud la información generada, enviada o recibida.


3. La  información que se conserve, debe permitir  determinar el origen, el destino del mensaje, la fecha y la hora en que fue enviado o recibido el mensaje o producido el documento.
ARTICULO 13. CONSERVACIÓN DE MENSAJES DE DATOS Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS A TRAVÉS DE TERCEROS.
 El cumplimiento de la obligación de conservar documentos, registros o informaciones en mensajes de datos, se podrá realizar directamente o a través de terceros, siempre y cuando se cumplan las condiciones enunciadas en el artículo anterior.

REGLAMENTO GENERAL DE ARCHIVOS

Acuerdo 07 de 1994